Elaboración del Rol de Pagos
de una selección aleatoria de 10 trabajadores de la empresa “La Fabril”
Índice
- 1. Definición
- 2. Importancia
- 3. Tipos de rol de pagos
- · Roles departamentales
- · Roles individuales
- · Roles Generales
- 4. Estructura y elaboración de un rol de pago mensual.
- · Encabezamiento
- · Datos Generales
- · Ingresos
- ü Sueldo Base
- ü Horas Extras
- ü Comisiones
- ü Otros Ingresos (Bonificaciones)
- · Deducciones
- ü Aporte Individual al IESS
- ü Préstamos Hipotecarios
- ü Préstamos Quirografarios
- ü Prestamos y/o Anticipos CIA
- ü Impuesto a la renta
- ü Otras Deducciones (Comisariatos, Retenciones Judiciales)
- · Totales
- · Firmas de Responsabilidad
- 5. Provisión Mensual de Beneficios Sociales
- · Decimo Tercer Sueldo
- · Decimo Cuarto Sueldo
- · Vacaciones
- · Fondos de Reserva
- 6. Contabilizaciones
RESUMEN
EJECUTIVO
El presente proyecto mostraremos la elaboración de un rol
de pago de 10 empleados escogidos de forma aleatoria de la Empresa “La Fabril“, nuestro objetivo es dar a conocer el proceso
de elaboración, normativa legal y las generalidades del rol de pago.
El Rol de Pago es un documento contable, de carácter
interno, en el que se registran los valores que constituyen ingresos y
deducciones para el trabajador por concepto de remuneraciones.
Para la empresa estos rubros representan gastos o costos
según sea el caso, obligaciones con los trabajadores y con terceros. Estos
valores deberán ser entregados por lo general en forma mensual al trabajador,
en pago por sus servicios prestados dentro de la institución.
Es importante
elaborar el rol de pago ya que es un documento de soporte para el
desembolso de dinero por parte de la empresa para el registro de las
remuneraciones percibidas por el trabajador.
Sin este documento, no se podría determinar en forma
precisa y oportuna los ingresos y deducciones del trabajador, por lo tanto no
se podría registrar contablemente todos los conceptos que forman parte de las
Remuneraciones.
En este documento se consideran dos secciones, una para
registrar los ingresos como sueldos, horas extras, comisiones, bonos, etc. y
otra para registrar los descuentos como aportes para el seguro social, cuotas
por préstamos concedidos por la compañía, anticipos, etc.
INTRODUCCION
En la realización de este proyecto se muestra que el rol de pago es un documento contable
de carácter interno en el que se registran los valores que constituyen los
Ingresos como son (sueldos, horas extras, comisiones, bonos, etc) y en las
deducciones podemos encontrar lo que es (IESS, préstamos hipotecarios,
quirografarios, anticipos y préstamos a la compañía, etc); también podemos
encontrar la importancia y los tipos del Rol de Pago. Consultamos distintos
textos para la comprensión y realización del objetivo en el cual podemos decir que es uno de los
elementos importantes por parte de la empresa.
El Rol de Pago fue creado con el objetivo de realizar los
cálculos de los diferentes roles que usan las empresas para cancelar las
nóminas a los empleados de manera que el proceso se desarrolle de forma
transparente y exacta.
Este proyecto también consta como está estructurado y
elaborado un Rol de Pago, en su estructura miento podemos encontrar lo que es
el encabezamiento, datos generales, ingresos, deducciones, totales y firma de
responsabilidad; con su respectiva Provisión Mensual de Beneficios Sociales y
su contabilización.
MARCO
TEORICO
Elaboración del Rol de Pagos
de una selección aleatoria de 10 trabajadores de la empresa “La Fabril”
1.- DEFINICIÓN
El rol de pago es un documento contable de carácter
interno también denominado nomina, en el que se registran los valores que
constituyen los Ingresos (sueldos, horas extras, comisiones, bonos, etc) y las
deducciones (IESS, préstamos hipotecarios, quirografarios, anticipos y
préstamos a la compañía, etc) para el trabajador por concepto de
remuneraciones. Para la empresa estos rubros representan gastos o costos según
sea el caso, obligaciones con los trabajadores y con terceros. Estos valores
deberán ser entregados por lo general en forma mensual al trabajador, en pago
por sus servicios prestados dentro de la institución.
2.- IMPORTANCIA
Es importante porque constituye un documento de soporte
para el desembolso de dinero por parte de la empresa y un registro de las
remuneraciones percibidas por el trabajador. Sin este documento, no se podría
determinar en forma precisa y oportuna los ingresos y deducciones del
trabajador, por lo tanto no se podría registrar contablemente todos los
conceptos que forman parte de las Remuneraciones.
3.- TIPOS DE ROLES DE PAGO
Los tipos de
rol de pagos se refieren por lo general a las formas y diseños propios en una
empresa, que van de acuerdo con sus necesidades así como también al sistema
contable desarrollado en la misma.
·
Roles
Departamentales.- Constituyen los roles de pagos clasificados por el Departamento o Unidad de
Trabajo al que pertenecen los trabajadores y empleados. Estos roles son
elaborados en las empresas o instituciones que poseen un gran número de trabajadores,
entre estos tenemos:
ü Rol de Pago Departamento Administrativo.- Constan todos los empleados que laboran en Gerencia,
Secretaria, Contabilidad, Administración.
ü Rol de Pago Departamento de Ventas.- Constan todos los empleados que laboran en Ventas,
ejecutan la actividad de ventas, ya sea en forma interna (almacén), como
también por medio de vendedores que laboran fuera de la empresa.
ü Rol de Pagos Departamento de Producción.- Constan todos los empleados y trabajadores (obreros),
que ejecutan actividades productivas propias de la empresa, en la Planta de
Producción tales como: Supervisión, Control de Calidad, Operación, etc.
·
Roles
Individuales.- Son elaborados por cada empleado o trabajador y son entregados junto con el
respectivo valor a cobrar. Son utilizados en aquellas empresas cuyo sistema de
registro es computarizado, o en aquellas cuyo personal es reducido.
·
Roles
Generales.- Son aquellos en los que constan todos los empleados y trabajadores que
laboran en una empresa. Estos son elaborados en forma mensual y son realizados
en aquellas empresas o instituciones que no tienen un gran número de personal,
clasificados en:
§
Administración.
§
Ventas.
§
Mano de Obra
Indirecta
§
Mano de Obra
Directa.
4.- ESTRUCTURA DE UN ROL DE
PAGO
·
Encabezamiento
Esta es una de las partes más importantes de
un rol de pago ya que en el encabezamiento se registran los siguientes datos:
§
Nombre
o razón social de la empresa
§
Numero
de Ruc
§
Nombre
del documento
§
Periodo
al que corresponde
·
Datos generales
En la estructura de los datos generales se
especifica todo acerca del empleado u obrero de una empresa como:
§
Numero
de orden o código de los trabajadores.
§
Nombres
completos de cada uno de ellos.
§
Cargos
que desempeñan dentro de la empresa.
§
Número
de días trabajados.
·
Ingresos
Dentro de este amplio rubro se encuentran
aquellas supuestas entradas de dinero que el trabajador recibiría por concepto
de prestación de servicios entre las cuales tenemos el sueldo base, las horas
extras, las comisiones y los bonos.
ü
Sueldo.- Es la remuneración mensual que percibe el empleado por
aplicación de la ley, o por acuerdo entre las partes (empleador y empleado).
Los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero en ningún caso podrán
ser inferiores a los mínimos legales.
ü Horas
Extras.- El sobretiempo es
identificado como las horas suplementarias y horas extraordinarias de trabajo
que realiza el trabajador. Las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro
en un día ni de doce en la semana.
Si las horas
adicionales de trabajo se ejecutan durante el día o hasta las 24h00, el
empleador pagara la remuneración correspondiente a cada una de las horas
suplementarias con más de un 50% de recargo.
Si las horas adicionales de trabajo estuvieran
comprendidas entre las 24h00 y las 06h00, el trabajador tendrá derecho a
recibir la remuneración correspondiente a cada una de las horas con un 100% de
recargo. Igual tratamiento es para el trabajo ejecutado el sábado, domingo o
los días de descanso obligatorio. Art 55. Código de Trabajo
ü
Comisiones.- Es un tipo de ingreso que reciben los empleados de
actividades especificas como ventas y cobranzas, a quienes el empleador les
reconoce una retribución adicional que varía en base a su capacidad de gestión
para vender o para comprar. Generalmente este rubro está pactado en base a
porcentajes. De acuerdo a lo que señala el art. 95 del código de trabajo,
este rubro igualmente forma parte de la remuneración total del trabajador y
como tal es un elemento de la base imponible de aportación al IESS.
Ø
Otros Ingresos (Bonificaciones)
Estos bonos son entregados
por muchos patronos para motivar a sus empleados en sus cargos a realizar
siendo esto movilización, bonos alimenticios, bonos escolares, premios o
incentivos los cuales no serán considerados para el cálculo de la aportación al
IESS, siempre y cuando estos no sean permanentes ni recurrentes, permanentes si
son constante, y recurrentes si son en periodos o ciclos seguidos. Art.11
Ley Seguridad Social
A diferencia de estos, la
Bonificación de Responsabilidad del Cargo es un ingreso de característica
permanente debido a que las funciones y tareas que les corresponde cumplir les
exige hacerlo sin horario definido, por lo que este, si forma parte de la base
imponible de aportación al IESS.
·
Deducciones
Se entiende por deducciones todos aquellos
montos de dinero restados del ingreso del trabajador, ya sea mensual, semanal u
ocasionalmente, para atender compromisos que los trabajadores voluntariamente
han adquirido como (préstamos hipotecarios, quirografarios, compañía y los
comisariatos) o que la normativa legal les impone como ( IESS, Impuesto a la
Renta y las Retenciones Legales)
Ø
Aporte Individual al IESS
El
aporte individual al IESS es una de las deducciones que el empleador le realiza
a los ingresos del trabajador. Actualmente El aporte personal mínimo al IESS es
de 9.45% para los trabajadores en relación de dependencia. Este corre a cargo
del trabajador y es descontado de su remuneración mensual.
En diciembre del 2013 el
IESS mediante la resolución 466 dispuso aumentar a partir de mes de enero del
2014 el porcentaje para el cálculo pasando del 9,35% al 9.45%.
Pasos para calcular el valor
de las aportaciones al IESS, según la nueva disposición.
Ø
Se
suma la remuneración mensual del trabajador. Se debe incluir los montos por
sueldo, comisiones, horas extra y bonos mensuales.
Ø
Se
multiplica el valor resultante por 0,0945 (correspondiente al 9,45%)
Ø
El
resultado se descuenta del salario mensual del trabajador.
Ø
El
empleador debe remitir estos montos máximo hasta el 15 de cada mes.
Ø
El
dinero descontado sirve como el colchón del empleado para los días de su
jubilación.
Ø
Préstamos Hipotecarios
Uno
de los servicios más importantes que ofrece el Banco del Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social (Biess) a sus afiliados es el de otorgar préstamos
hipotecarios hasta 25 años, dependiendo de la edad del asegurado, siendo este
descontado mensualmente en el rol de pago.
También
permite a los afiliados trasladar al Biess hipotecas adquiridas en otras
instituciones bancarias. Los requisitos dependen del tipo de hipoteca que los
clientes quieran sacar.
Productos
que ofrece el Préstamo HIPOTECARIO
Ø
Vivienda
Terminada. Hasta 25 años
Ø
Construcción
de Vivienda. Hasta 25 años
Ø
Remodelación
y Ampliación de Vivienda. Hasta 15 años
Ø
Adquisición
de Terreno. Hasta 12 años
Ø
Adquisición
de Terreno y Construcción de Vivienda. Hasta 25 años
Ø
Adquisición
de oficinas, locales comerciales y consultorios. Hasta 12 años
Ø
Sustitución de Hipoteca.
Requisitos
Generales para Afiliados
Ø
El
afiliado debe tener como mínimo 36 aportaciones.
Ø
Tener
12 últimas aportaciones consecutivas.
Ø
Estar
dentro del límite de edad requerido (75 años)
Ø
No
mantener obligaciones pendientes con el IESS o Biess.
Ø
Si es representante legal de una empresa no debe tener
obligaciones pendientes.
Monto
y Financiamiento (Vivienda Terminada)
Si
el valor del avalúo de la vivienda es menor o igual a USD 125.000 podrá
financiarse el 100% hasta USD 100.000; si es superior a USD 125.000, el
Biess financiará el 80% del total del bien inmueble y la diferencia deberá ser
cubierta por el solicitante.
Monto y Financiamiento (Remodelación y
Ampliación)
El Biess financiará hasta el 50% del valor
del avalúo de realización actualizado de la vivienda.
Monto y Financiamiento (Adquisición de
Terreno)
El Biess financiará hasta USD100.000, si el
valor del avalúo de realización del terreno es menor o igual a USD 125.000,
si el valor del realización del terreno es superior a USD 125.000, el Biess
podrá financiar el 80% del avalúo del terreno
Tasa de Interés
La tasa de interés que se concederá para los
préstamos hipotecarios, fluctúa de acuerdo con el plazo, tomando como
referencia la Tasa Activa Efectiva Referencial del Segmento de Vivienda
publicada por el Banco Central del Ecuador, considerando los plazos máximos de
pago. La tasa se reajustará cada 180 días.
Las Tasas Efectivas Referenciales con
respecto al segmento de vivienda en el año 2014 fueron:
Tasas A.E.R
|
|
Enero. 2014
|
10,64%
|
Febrero. 2014
|
10,64%
|
Marzo. 2014
|
10,64%
|
Abril. 2014
|
10,64%
|
Mayo. 2014
|
10,92%
|
Junio. 2014
|
10,89%
|
Julio. 2014
|
10,81%
|
Agosto. 2014
|
10,83%
|
Sept. 2014
|
10,74%
|
Octubre. 2014
|
10,73%
|
Noviembre. 2014
|
10,72%
|
Enero. 2015
|
10,71%
|
Ø
Préstamo Quirografario.
El
Biess concede préstamos quirografarios a sus afiliados y dependiendo de la
capacidad de pago podrá solicitar un
monto hasta de 80 salarios básicos unificados del trabajador en general. ($
27,200)
El monto máximo que se otorga al afiliado se
define en función de la suma de valores de Fondo de Reserva y de Cesantía que
mantenga el beneficiario a la fecha de la solicitud del crédito.
El
préstamo Quirografario es destinado para que los afiliados o
jubilados, sujetos de crédito, puedan obtener recursos para solventar sus
necesidades de consumo.
Financiamiento destinado
para:
Ø
Pago
de deuda
Ø
Compra
vehículo
Ø
Gasto
para viajes
Ø
Inversión
para educación (propia o familiares)
Ø
Adquisición
de enseres domésticos
Ø
Gastos
de salud
Ø
Arreglo
de vivienda
Requisitos
Generales para Afiliados
Ø
Mantener
valores acumulados en sus cuentas individuales de Fondos de Reserva y/o Fondos
de Cesantía, por el 100% del monto del crédito quirografario a otorgar.
Ø
Acreditar
una fuente de re-pago estable, proporcional y compatible con el crédito
solicitado, consistente en el salario y/o remuneración reportado al IESS o la
pensión que perciba menos retenciones judiciales si las hubiera.
Ø
Tener
como mínimo 36 aportaciones.
Ø
Tener
las 6 últimas aportaciones consecutivas
Ø
Su(s)
empleador(res) no debe(n) estar en mora con el IESS.
Ø
No
tener crédito en mora con el IESS o Biess.
Monto y Financiamiento
Dependiendo de su capacidad
de pago (según su sueldo de aportación) podrá solicitar un monto de hasta 80
salarios básicos unificados del trabajador.
Plazo Máximo
Hasta 5 años.
Tasa de Interés
La tasa de interés que se
concederá al préstamo quirografario actualmente es del 9.75% anual.
La tasa de interés de los créditos será reajustada trimestralmente.
Ø Préstamos y/o Anticipos CIA.
Todo trabajador tiene
derecho a pedir anticipos durante el mes o también llamado como el pago
quincenal que reciben a mediados del mes, (los montos dependerán de las
políticas de cada empresa). Estos anticipos serán descontados en su siguiente
remuneración.
De igual manera muchas
empresas otorgan préstamos a sus trabajadores por un tiempo estipulado, sin una
tasa de interés, cuyos valores serán descontados mensualmente del rol de pagos.
Ø Impuesto a la Renta
Es el valor mensual a pagar
por concepto de impuesto a la renta, que el patrono retiene a los trabajadores
que han superado la base imponible anual, una vez restados los gastos
personales deducibles.
Para determinar la base
imponible de los ingresos del trabajo en relación de dependencia se tomaran en
cuenta los ingresos ordinarios y extraordinarios que se encuentren sometidos al
impuesto menos el valor de los aportes personales al IESS.
Base Imponible= Ingresos Gravables - Deducciones
Ingresos Gravables
ü
Remuneraciones:
sueldo o salario
ü
Comisiones,
bonificaciones o gratificaciones
ü
Horas
Suplementarias y/o Extraordinarias
ü
Subsidios
ü
Gastos
de representación
ü
Vacaciones
ü
Utilidades.
Deducciones
ü
Aporte
Personal IESS (9.35%)
ü
Tercera
Edad
ü
Discapacitados
ü
Gastos
Personales
ü
Salud
ü
Educación
ü
Vivienda
ü
Vestimenta
ü
Alimentación
Las personas naturales
podrán deducirse sus gastos personales sin IVA e ICE, hasta:
La deducción de gastos
personales puede ser hasta 50% del total de tus ingresos gravados, sin que
supere el límite establecido para este año, que es $13,533.
También los de su cónyuge e
hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y
que dependan del contribuyente.
Estructura para el Cálculo del Impuesto a la Renta
Ø Otras Deducciones
En este rubro están las
deducciones que se les hace al trabajador y que no constan en el rol de pago
como los son las retenciones judiciales por concepto de pensión alimenticia, la
cual es emitida al empleador por parte de un juzgado donde se manifiesta que
obligatoriamente se deducirá la cantidad estipulada mensualmente.
Y por concepto de
comisariato ya que existen muchas empresas que contratan ciertos supermercados
para que sus trabajadores acudan a ellos en caso de que tengan alguna necesidad
y no se encuentren con efectivo. Este valor será remitido a la empresa la cual
se encargara de deducirlo de los ingresos mensuales del trabajador
·
Totales
Es
la sumatoria de los ingresos del trabajador, así como de las deducciones
realizadas, para de esta manera obtener el valor o diferencia a ser cancelada
por la empresa.
Para
efectos de registros contables, es impredecible conocer los totales por
departamento y por cada rubro, así como también el total general.
·
Firmas de Responsabilidad
Para dejar constancia de los valores
recibidos por parte del trabajador, así como también de aquellas personas que
elaboraron, revisaron, autorizaron, contabilizaron el respectivo rol.
De esta manera se estará dando un sello de
autenticidad a un documento interno de la empresa.
5.- PROVISIÓN MENSUAL DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Los
beneficios sociales corresponden exactamente a aquellos derechos reconocidos a
los trabajadores y que también son de carácter obligatorio que van más allá de
las remuneraciones normales y periódicas que reciben por su trabajo.
·
Decimo Tercer Sueldo o Bono Navideño
El décimo tercer sueldo
(décima tercera remuneración) o bono navideño, es un beneficio que reciben los
trabajadores bajo relación de dependencia y corresponde a una remuneración
equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido
durante el año calendario. Teniendo como fecha máxima de pago hasta el 24 de
diciembre Art.111 Código de Trabajo
Es importante recordar que
el décimo tercer sueldo no se considera como parte de la remuneración anual
para efectos de:
ü
Cálculo
del impuesto a la renta;
ü
Pago
de aporte al IESS;
ü
La
determinación del fondo de reserva;
ü
La
determinación de la jubilación;
ü
El
pago de las indemnizaciones y vacaciones.
Base
de cálculo.
Remuneración básica + tiempo
extras + comisiones + otras retribuciones accesorias permanentes.
Fecha
máxima de pago del décimo tercer sueldo.
24 de diciembre del año en
curso (2014).
·
Decimo Cuarto Sueldo o Bono Escolar
El Décimo cuarto sueldo
(décima cuarta remuneración) o bono escolar es un beneficio y lo deben percibir
todos los trabajadores bajo relación de dependencia, indistintamente de su
cargo o remuneración. Esta será equivalente a una bonificación anual a una remuneración
básica unificada. Art.113 Código de
Trabajo
Solo se encuentran excluidos
los operarios y aprendices de artesanos de acuerdo con el Art.115 del Código
del Trabajo. Y consiste en un sueldo básico unificado vigente a la fecha de
pago (1SBU en el 2014).
El
período de cálculo del décimo cuarto sueldo en el 2014.
ü
Trabajadores
de la costa y región insular: Marzo 1 del año anterior (2013) a Febrero 28 del
año del pago (2014). La cual será pagada hasta el 15 de marzo.
ü
Trabajadores
de la sierra y oriente: Agosto 1 del año anterior (2013) a Julio 31 del año del
pago (2014). La cual será pagada hasta el 15 de Agosto.
Si un trabajador, por
cualquier causa, saliere o fuese separado de su trabajo antes de las fechas
mencionadas, recibirá la parte proporcional de la decima cuarta remuneración al
momento del retiro o separación.
El décimo cuarto sueldo no
debe considerarse para efecto del cálculo de las aportaciones al régimen de
seguridad social (IESS), así como tampoco se lo considera como ingreso gravado
del trabajador para el cálculo de retenciones en la fuente del impuesto a la
renta de los trabajadores bajo relación de dependencia.
·
Vacaciones.
Las vacaciones laborales
anuales es un derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue
un descanso remunerado.
Tienen derecho a las
vacaciones los trabajadores que han cumplido un año de trabajo para el mismo
empleador, en caso de salir del trabajo antes de cumplir el año de servicio
debe cancelarse al trabajador la parte proporcional a las vacaciones no
gozadas.
Todo trabajador tendrá
derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de 15 días de
vacaciones, incluidos los días no laborables. Quienes hubieren prestado
servicios más de cinco años al mismo empleador, gozarán adicionalmente de un
día de vacaciones por cada uno de los años excedentes. Art.69 Código de Trabajo.
El trabajador podrá no hacer
uso de las vacaciones hasta por tres años consecutivos, a fin de acumularlas en
el cuarto año. Art.75 Código de
Trabajo
Forma
de Cálculo de vacaciones:
La forma de calcular el pago
de las vacaciones, consiste en dividir la remuneración recibida (Sueldo + Horas Extras +
Comisiones + Otras retribuciones Accesorias Permanentes) durante el año de servicio para veinticuatro (24).
Vacaciones
Proporcionales
En caso de que el trabajador
no complete el año con el mismo empleador, esté cancelara hasta dicho tiempo el
valor acumulado por concepto de vacaciones en el momento de la renuncia o
despido por parte del empleado.
Existen dos formas para el
cálculo cuando un trabajador ha laborado menos de un año:
Ejemplo: Supongamos que el
sueldo mensual es de “x” persona es de $294,00; y que esta persona solo laboro
297 días.
ü
Una
de las formas para el cálculo es usando una regla de 3. Si 360 días
corresponden a 15 días de vacaciones, ¿Cuántos días corresponden a 297 días
trabajados. Lo que nos quedaría como (15 x 297)/360 = 12.375 días. Este valor
lo dividimos para 30 dias = 9.8 y lo multiplicamos x 12.375= $ 121,28.
ü
Otra
de las formulas que utilizamos es (Sueldo básico x Días trabajados)/ 720 =
$121,28
·
Fondos de Reserva
Los Fondos de Reserva del
IESS, son un beneficio, al que tienen derecho todos los trabajadores en
relación de dependencia, después de su primer año de trabajo.
El trabajador o servidor
público con relación de dependencia, tendrá derecho al pago mensual del Fondo
de Reserva por parte de su empleador, en un porcentaje equivalente al ocho coma
treinta y tres por ciento (8,33%) de la remuneración mensual unificada, o lo
mismo que significa que el empleador se obliga a cancelar el valor equivalente
a un sueldo anual.
El “Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social”(IESS) es recaudador del Fondo de Reserva de los empleados,
obreros, y servidores públicos, afiliados al Seguro General Obligatorio, que
prestan servicios por más de un (1) año para un mismo empleador, de conformidad
con lo previsto en el Código del Trabajo.
A partir del mes de agosto
del 2009, el empleador pagará por concepto de fondo de reserva de manera
mensualidad y directa a sus trabajadores, conjuntamente con el salario o
remuneración, un valor equivalente al ocho coma treinta y tres por ciento
(8,33%) de la remuneración de aportación.
El afiliado puede solicitar
a través del aplicativo informático que el pago del fondo de reserva no se le
entregue directamente, en ese caso el empleador depositará en el IESS,
mensualmente, el ocho coma treinta y tres por ciento (8,33%) de la remuneración
de aportación, conjuntamente con la planilla mensual de aportes.
·
Contabilizaciones
Como punto final de todo este proceso, es el
registro de las cuentas deudoras y acreedoras en las cuales se han incurrido,
para así de esta manera llevar la verdadera contabilidad dentro de la empresa.
4.- ELABORACION DE UN ROL DE PAGO
·
Encabezamiento
LA FABRIL
RUC: 0919372003001
ROL DE PAGO
MES DE JUNIO
·
Datos generales
El siguiente cuadro presenta
la nomina de 10 trabajadores de la empresa “LA FABRIL” con sus respectivos
cargos y sueldos mensuales del mes de Junio, suponiendo que estos trabajaron el
mes completo.
#
|
NOMINA
|
CARGO
|
1
|
Luis Enrique Tómala Suarez
|
Jefe de Producción
|
2
|
María
Luisa Estupiñan Mora
|
Secretaria
Gerencial
|
3
|
Eduardo Antonio Castro Espinel
|
Vendedor
|
4
|
Carla
Elena Metisaca
|
Jefa
Administrativo
|
5
|
Steven Daniel Angulo Rojas
|
Gerente
|
6
|
Débora
Estefanía Melo Quijije
|
Jefa de
Limpieza
|
7
|
Rosa Ámel Fierro Delgado
|
Vendedora
|
8
|
Alberto
Luis Cajas Merchán
|
Contador
|
9
|
Doran Isaac Pin Casa
|
Servicio al Cliente
|
#
|
Rita María
Lazo Zambrano
|
Jefa de
Ventas
|
·
Ingresos
Ø Sueldo
El sueldo estipulado
de cada uno de los siguientes empleados se encuentra reflejado en el siguiente
cuadro:
#
|
SUELDO
|
1
|
650,00
|
2
|
875,00
|
3
|
440,00
|
4
|
950,00
|
5
|
1.500,00
|
6
|
550,00
|
7
|
440,00
|
8
|
900,00
|
9
|
400,00
|
10
|
700,00
|
Ø Horas
Extras.
En el mes se
registraron las siguientes horas extras:
Sobretiempo
|
Martes
|
Miércoles
|
Jueves
|
Sábado
|
Secretaria Gerencial
|
16:00 - 18:00
|
16:00 - 19:00
|
10:00 - 14:00
|
|
Contador
|
17:00 -
19:00
|
17:00 -
18:00
|
17:00 -
20:00
|
|
Servicio al Cliente
|
16:00 - 19:00
|
16:00 - 18:00
|
08:00 - 11:00
|
|
Jefa de Ventas
|
16:00 -
19:00
|
09:00 -
12:00
|
Cálculos de las horas extras
Secretaria Gerencial
|
||||||
Sueldo
|
/ # de días
|
/ # de Horas
|
||||
875,00
|
29,1666667
|
3,6458
|
Valor por hora
|
|||
Días
|
Hor. Extras
|
Valor hora
|
Rem.Corres
|
Recargo
|
Valor Rec
|
Total
|
Martes
|
2
|
3,6458
|
7,2917
|
50%
|
3,6458
|
10,94
|
Jueves
|
3
|
3,6458
|
10,9375
|
50%
|
5,4688
|
16,41
|
Sábado
|
4
|
3,6458
|
14,5833
|
100%
|
14,5833
|
29,17
|
TOTAL SOBRETIEMPO
|
56,51
|
Contador
|
||||||
Sueldo
|
/ # de días
|
/ # de Horas
|
||||
900,00
|
30,00
|
3,7500
|
Valor por hora
|
|||
Días
|
Hor. Extras
|
Valor hora
|
Rem.Corres
|
Recargo
|
Valor Rec
|
Total
|
Martes
|
2
|
3,7500
|
7,5000
|
50%
|
3,7500
|
11,25
|
Miércoles
|
1
|
3,7500
|
3,7500
|
50%
|
1,8750
|
5,63
|
Jueves
|
3
|
3,7500
|
11,2500
|
50%
|
5,6250
|
16,88
|
TOTAL SOBRETIEMPO
|
33,75
|
Servicio al Cliente
|
||||||
Sueldo
|
/ # de días
|
/ # de Horas
|
||||
400,00
|
13,3333333
|
1,6667
|
Valor por hora
|
|||
Días
|
Hor. Extras
|
Valor hora
|
Rem.Corres
|
Recargo
|
Valor Rec
|
Total
|
Miércoles
|
3
|
1,6667
|
5,0000
|
50%
|
2,5000
|
7,50
|
Jueves
|
2
|
1,6667
|
3,3333
|
50%
|
1,6667
|
5,00
|
Sábado
|
3
|
1,6667
|
5,0000
|
100%
|
5,0000
|
10,00
|
TOTAL SOBRETIEMPO
|
22,50
|
Jefa de Ventas
|
||||||
Sueldo
|
/ # de dias
|
/ # de
Horas
|
||||
700,00
|
23,3333333
|
2,9167
|
Valor por
hora
|
|||
Días
|
Hor. Extras
|
Valor hora
|
Rem.Corres
|
Recargo
|
Valor Rec
|
Total
|
Martes
|
3
|
2,9167
|
8,7500
|
50%
|
4,3750
|
13,13
|
Sábado
|
3
|
2,9167
|
8,7500
|
100%
|
8,7500
|
17,50
|
TOTAL SOBRETIEMPO
|
30,63
|
Ø Comisiones
Sin tomar en consideración los sueldos de los vendedores,
La Fabril tiene como política cancelar ciertos porcentajes con respecto al
valor vendido en el mes:
·
Ventas
superiores a $2000, 5%
·
Ventas
superiores a $3000, 6%
·
Ventas
superiores a $4000, 7%
De la lista aleatoria que escogimos del total de
empleados de la Fabril, 2 de ellos son vendedores y su venta durante el mes de
agosto fue:
Ventas Mes
|
Comisión
|
||
3
|
Eduardo
Antonio Castro Espinel
|
2.580
|
129,00
|
7
|
Rosa Amel
Fierro Delgado
|
4.025
|
261,63
|
Ø
Otros Ingresos (Bonificaciones)
La Fabril concede bonos de
alimentación u movilización a todos sus empleados anualmente, específicamente
en el mes de junio por un valor de $50,00; a excepción del gerente ya que sus
funciones y tareas a cumplir no requieren un horario definido, recibiendo este
$40,00 por Bonificación de Responsabilidad de Cargo.
CARGO
|
Bonificación
|
Jefe de
Producción
|
50
|
Secretaria
Gerencial
|
50
|
Vendedor
|
50
|
Jefa Administrativo
|
50
|
Gerente
|
40
|
Jefa de
Limpieza
|
50
|
Vendedora
|
50
|
Contador
|
50
|
Servicio
al Cliente
|
50
|
Jefa de
Ventas
|
50
|
En conclusión el gerente
recibe mensualmente un valor de $40,00; mientras que el resto de los empleados
reciben $50,00 una vez al año.
·
Deducciones
Ø
Aporte Individual al IESS
Para
el cálculo del aporte individual tómanos en cuenta los ingresos que el
trabajador obtiene durante el mes, compuestos por sueldo, horas extras,
comisiones y aquellos bonos que sean permanentes o consecutivos.
EJEMPLO.- El jefe de producción en el mes tiene los
siguientes ingresos: Sueldo $ 650; Horas extras $ 0; Comisiones $ 0 y un bono
anual de $ 50.
Sumamos
todos aquellos ingresos regulares; 650 + 0 + 0= 650.
El
resultado se lo multiplica por el 9,45% que nos da un aporte al IESS de $
61,425.
Esta
fórmula se utilizara para el resto de trabajadores a excepción del gerente, ya
que este recibe un bono mensual el cual si es aplicado para el cálculo del
aporte individual.
CARGOS
|
IESS
|
Jefe de Producción
|
61,425
|
Secretaria Gerencial
|
88,028
|
Vendedor
|
53,771
|
Jefa Administrativo
|
89,775
|
Gerente
|
145,530
|
Jefa de Limpieza
|
51,975
|
Vendedora
|
66,304
|
Contador
|
88,239
|
Servicio al Cliente
|
39,926
|
Jefa de Ventas
|
69,044
|
Ø
Préstamo Hipotecario.
Suponiendo
que los siguientes trabajadores cumplen con los requisitos establecidos por el
Biess para la obtención de un préstamo hipotecario. Decidieron aplicar al
préstamo y obtuvieron la aprobación, teniendo este mes que cancelar su primera
cuota.
Determinar
el valor de la cuota de este mes, si la tasa de interés activa referencial es
de 10,89%. Y el valor de los préstamos es:
Cargo
|
Concepto
|
Años
|
Préstamo
|
# Pagos
|
Valor Men
|
%
|
Total
|
Secretaria
|
Adq. /Terr
|
12
|
50.000
|
144
|
347,2222
|
37,81
|
385,035
|
Gerente
|
Viv. Term.
|
25
|
100.000
|
300
|
333,3333
|
36,30
|
369,633
|
Contador
|
Rem y Ampl
|
15
|
65.000
|
180
|
361,1111
|
39,33
|
400,436
|
Ø
Préstamo Quirografario.
Suponiendo
que los siguientes trabajadores cumplen con los requisitos establecidos por el
Biess, para la obtención de un préstamo quirografario determinar el pago
mensual con referencia a los siguientes préstamos:
Cargo
|
Concepto
|
Años
|
Prest
|
# Pagos
|
Valor Men
|
%
|
Total
|
Jefa/Adm
|
Invers. Educ
|
5
|
8.000
|
60
|
133,33
|
13,00
|
146,33
|
Vendedora
|
Comp. Vehi
|
5
|
15.000
|
60
|
250,00
|
24,35
|
274,38
|
Jefa/Vtas
|
Adq. Ens. Do
|
5
|
5.000
|
60
|
83,33
|
8,13
|
91,46
|
Ø Préstamos
y/o
Anticipos CIA.
Los siguientes trabajadores
llenaron los respectivos formularios para se les conceda prestamos y adelantos
de sus sueldos, los cuales serán descontados en el rol de pagos.
Como política La Fabril solo
otorgara un 40% como adelanto del sueldo mientras que para los prestamos el
tiempo máximo es de 1 año.
Cargo
|
Concepto
|
Monto
|
Tiempo Meses
|
Valor Pago
|
Jefa de Produc
|
Adelanto
|
250
|
1
|
250,00
|
Jefa de Limpie
|
Adelanto
|
200
|
1
|
200,00
|
Cargo
|
Concepto
|
Monto
|
Tiempo Meses
|
Valor Pago
|
Servicio al Cliente
|
Préstamo
|
1000
|
12
|
83,33
|
Vendedor
|
Préstamo
|
1500
|
12
|
125,00
|
Ø Impuesto a la Renta
Aquellas personas que
trabajen en relación de dependencia que tengan un ingreso mensual de 867,50 o
más y que anualmente tengan ingresos iguales o mayores a $10,410
correspondiente al primer valor de la Fracción Básica de la Tabla del Impuesto
a la renta, deberán presentar una proyección de los gastos personales y así
definir el monto de la Retención mensual.
Considerando los puntos
antes nombrados hemos escogido a 4 trabajadores que tienen un ingreso mensual
superior a $ 867,50 y elaboraremos los respectivos cálculos para ver si asi
definimos una retención mensual.
Ø Otras Deducciones
Por orden de un juez la
empresa le deduce al trabajador Alberto Luis Caja Merchán, contador de la
empresa, por concepto de manutención un valor de $ 95,00 mensualmente.
Aparte se registraron algunas
compras en los supermercados realizadas por ciertos trabajadores:
ü
Jefe
Administrativo $ 150,85
ü
Secretaria
Gerencial $ 80,00
ü
Jefa
de Ventas $ 120,00
·
Totales
TOTALES
|
|
Sueldos
|
7.405,00
|
Horas Extras
|
143,39
|
Comisiones
|
390,63
|
Bonificaciones
|
490,00
|
Total Ingresos
|
8.429,01
|
IESS 9,45%
|
754,02
|
Prest. Hipotecarios
|
1.155,10
|
Prest. Quirografarios
|
512,17
|
Prest/Ant. Cia
|
658,33
|
Impuesto a la Renta
|
6,77
|
Otras
|
325,85
|
Total Deducciones
|
3.412,24
|
TOTAL
|
5.016,77
|
·
Firmas de Responsabilidad
Las firmas son las mas
importantes ya que con eso se da a entender que el Rol de pago a sido revisado
correctamente.
5.- Provisión Mensual de los
Beneficios Sociales
·
Decimo Tercer Sueldo o Bono Navideño
Para
el cálculo se consideraran todo ingreso normal que el trabajador tenga durante
su tiempo de labor ya sean estas sueldo, horas extras, comisiones u bonos
mensuales.
Cargos
|
Para el cálculo del 13er Sueldo
|
Decimo Tercero
|
Jefe de Producción
|
650,00
|
54,17
|
Secretaria Gerencial
|
931,51
|
77,63
|
Vendedor
|
569,00
|
47,42
|
Jefa Administrativo
|
950,00
|
79,17
|
Gerente
|
1.540,00
|
128,33
|
Jefa de Limpieza
|
550,00
|
45,83
|
Vendedora
|
701,63
|
58,47
|
Contador
|
933,75
|
77,81
|
Servicio al Cliente
|
422,50
|
35,21
|
Jefa de Ventas
|
730,63
|
60,89
|
TOTAL
|
7.979,01
|
664,92
|
·
Decimo Cuarto Sueldo o Bono Escolar
El
bono escolar se calculara como la doceava parte de una remuneración básica
mensual (340). El trabajador tendrá derecho a una remuneración básica mensual
durante su año de trabajo.
Cargos
|
Decimo Cuarto
|
Jefe de Producción
|
28,33
|
Secretaria Gerencial
|
28,33
|
Vendedor
|
28,33
|
Jefa Administrativo
|
28,33
|
Gerente
|
28,33
|
Jefa de Limpieza
|
28,33
|
Vendedora
|
28,33
|
Contador
|
28,33
|
Servicio al Cliente
|
28,33
|
Jefa de Ventas
|
28,33
|
TOTAL
|
283,33
|
·
Vacaciones
Las
vacaciones se calcularan en base a los ingresos normales del trabajador
(sueldos, horas extras, comisiones, bonos normales), dividiéndolos para 24, ya
que corresponde a los 15 días de vacaciones que tiene como derecho todo
trabajador.
Cargos
|
Ingresos Normales
|
Vacaciones
|
Jefe de Producción
|
650,00
|
27,08
|
Secretaria Gerencial
|
931,51
|
38,81
|
Vendedor
|
569,00
|
23,71
|
Jefa Administrativo
|
950,00
|
39,58
|
Gerente
|
1.540,00
|
64,17
|
Jefa de Limpieza
|
550,00
|
22,92
|
Vendedora
|
701,63
|
29,23
|
Contador
|
933,75
|
38,91
|
Servicio al Cliente
|
422,50
|
17,60
|
Jefa de Ventas
|
730,63
|
30,44
|
TOTAL
|
7.979,01
|
332,46
|
·
Fondos de Reserva
Este
se calculara en base a los ingresos normales del trabajador dividiéndolos para
12. Lo que resulta ser lo mismo que el decimo tercer sueldo. El trabajador
tendrá derecho a elegir si lo cobra mensualmente junto a su remuneración o lo
va acumulando en el IESS.
Cargos
|
Ingresos Normales
|
Fondo de Reserva
|
Jefe de Producción
|
650,00
|
54,16
|
Secretaria Gerencial
|
931,51
|
77,62
|
Vendedor
|
569,00
|
47,41
|
Jefa Administrativo
|
950,00
|
79,16
|
Gerente
|
1.540,00
|
128,33
|
Jefa de Limpieza
|
550,00
|
45,83
|
Vendedora
|
701,63
|
58,47
|
Contador
|
933,75
|
77,81
|
Servicio al Cliente
|
422,50
|
35,21
|
Jefa de Ventas
|
730,63
|
60,88
|
TOTAL
|
7.979,01
|
664,89
|
6.- Contabilizaciones
LA FABRIL
|
||||
Libro diario
|
||||
Al 31 de junio del 2014
|
||||
Fecha
|
Cuentas
|
Parcial
|
Debe
|
Haber
|
jun-31
|
1
|
|||
Gastos Generales
|
8.429,01
|
|||
Sueldos
|
7.405,00
|
|||
Horas Extras
|
143,39
|
|||
Comisiones
|
390,63
|
|||
Bonos
|
490,00
|
|||
Aporte Individual IESS
|
754,02
|
|||
Préstamos Hipotecarios
|
1.155,10
|
|||
Préstamos Quirografarios
|
512,17
|
|||
Anti y Prest a la Cía.
|
658,33
|
|||
Impuesto a la Renta
|
6,77
|
|||
Otras Deducciones
|
325,85
|
|||
Bancos
|
5.016,77
|
|||
P/r cancelación rol de pago mes de junio
|
||||
jun-31
|
2
|
|||
Provisión de Ben. Sociales
|
1.945,60
|
|||
Decimo Tercer Sueldo
|
664,92
|
|||
Decimo Cuarto Sueldo
|
283,33
|
|||
Vacaciones
|
332,46
|
|||
Fondos de Reserva
|
664,89
|
|||
Ben. Sociales por
Pagar
|
1.945,60
|
|||
Decimo Tercer Sueldo
|
664,92
|
|||
Decimo Cuarto Sueldo
|
283,33
|
|||
Vacaciones
|
332,46
|
|||
Fondos de Reserva
|
664,89
|
|||
Total
|
10.374,61
|
10.374,61
|
REFERENCIAS
BIBLIOGRAFICAS
- ü Libro: Modulo de Contabilidad General y Tesorería. Vigésima Cuarta Edición. Economista Livia Palacios López, Msc.
- ü http://contenido.bce.fin.ec/docs.php?path=/documentos/Estadisticas/SectorMonFin/TasasInteres/Indice.htm
- ü http://www.biess.fin.ec/hipotecarios
- ü https://www.iess.gob.ec/documents/13718/54965/Tasasdeaportacion.pdf
- ü http://contenido.bce.fin.ec/docs.php?path=/documentos/Estadisticas/SectorMonFin/TasasInteres/Indice.htm
¡Cómo el servicio de financiación de Lemeridian me otorga un préstamo!
ResponderEliminarHola a todos, soy Lea Paige Matteo de Zurich, Suiza, y quiero usar este medio para expresar mi gratitud al servicio de financiación de Lemeridian por cumplir su promesa al otorgarme un préstamo. Estaba atrapado en una situación financiera y necesitaba refinanciar y pagar mis facturas. así como iniciar un negocio. Traté de buscar préstamos de varias empresas de préstamos, tanto privadas como corporativas, pero nunca tuve éxito y la mayoría de los bancos rechazaron mi solicitud de crédito. Pero como Dios lo quería, una amiga llamada Lisa Rice me presentó al servicio de financiación de Le_meridian y me sometí al debido proceso para obtener un préstamo de la compañía, para mi mayor sorpresa en 48 horas, al igual que mi amiga Lisa, también me concedieron un préstamo de $ 216,000.00. Así que mi consejo para todos los que desean un préstamo, "si debe comunicarse con cualquier empresa con referencia a la obtención de un préstamo en línea con una tasa de interés baja de 1.9% y mejores planes / cronograma de reembolso, comuníquese con el servicio de financiación de Le_meridian. Además, él no sé que estoy haciendo esto, pero debido a la alegría en mí, estoy muy feliz y deseo que la gente sepa más acerca de esta gran compañía que realmente otorga préstamos, es mi oración que DIOS los bendiga más a medida que ellos ponga sonrisas en los rostros de las personas. Puede contactarlos por correo electrónico en {lfdsloans@lemeridianfds.com o lfdsloans@outlook.com} o envíe un mensaje de texto a través de Whatsapp + 1-989 394 3740.
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